Novedades de la IGJ

La IGJ no es ajena a la modernización general que intenta impulsar el gobierno argentino para simplificar y desburocratizar procesos y para homogeneizar ciertas prácticas corporativas a las prácticas de otras partes del mundo. En ese marco, se han dictado tres resoluciones que tienen las sigueintes finalidades:

1) OPCIÓN DE REVALÚO DE BIENES

Según la Resolución General 2/2018 de la IGJ, "serán susceptibles de revaluación los activos integrantes del rubro Bienes de Uso (excluyendo los activos biológicos), las Propiedades de Inversión, y aquellos activos no corrientes mantenidos para su venta". Cabe destacar que el revalúo permite a las entidades reflejar los activos de su patrimonio a valores razonables, facilitando la obtención de financiamiento.

La nueva opción de revaluación se ajusta a lo establecido en la Ley 27.430, en tanto que su confección deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en la RG IGJ 2/2018 y las normas técnicas profesionales vigentes y sus modificaciones adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quedan exceptuadas de los alcances de la nueva resolución de IGJ las entidades sujetas a regímenes de fiscalización especial. En estos casos se ajustarán a la normativa dictada por sus organismos de control.

Ingrese al texto completo de la norma para conocer los detalles sobre la presentación.

2) NORMAS NIIF

La Resolución General IGJ N° 4/2018 estaleció la posibilidad de optar por normas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para la presentación de estados contables. La iniciativa tiene el objetivo de promover la homogeneidad de la documentación contable y financiera de las sociedades, a la vez que permitir contar con normas y principios contables de aceptación en el ámbito internacional, que incrementen la confianza y la transparencia en los negocios.

En el primer ejercicio económico en que las entidades adopten las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), deberán tratar la diferencia positiva entre el saldo inicial de la cuenta "resultados no asignados", expuestos en los estados financieros al inicio de tal ejercicio, en relación con la cuenta "resultados no asignados" al mismo momento bajo las normas contables anteriormente utilizadas, imputándola a una cuenta de reservas, la que no podrá desafectarse para efectuar distribuciones en efectivo o en especie entre los accionistas de la sociedad

Acceder al texto de la RG IGJ 4/2018 desde aquí.

3) RÚBRICA DE LIBROS POR TAD

En virtud de lo dispuesto por la Resolución General 3/2018 de la IGJ, todas las solicitudes de rúbrica de libros deberán realizarse vía web, a través del portal Trámites a Distancia. Las notificaciones y las obleas serán enviadas a través de la misma plataforma. Con esta iniciativa, la IGJ avanza en la mejora de procesos y en la agilización de procedimientos administrativos. Los únicos habilitados a realizar el trámite siguen siendo los escribanos públicos, pero con esta modificación, los plazos se verán sensiblemente reducidos y los procesos, simplificados.